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Consell Valencià de l'Esport
30º Jocs Esportius
de la Comunitat Valenciana
 
ORGANIZA
Generalitat Valenciana
Consell Valencià de l'Esport
COLABORA
bancaja compromiso social
 
normativa: Resolución de Convocatoria XXX Jocs Esportius
RESOLUCIÓN de 12 de julio de 2011, del vicepresidente del Consell Valencià de l´Esport.
 

Consell Valencià de l’Esport

RESOLUCIÓN de 12 de julio de 2011, del vicepresidente del Consell Valencià de l’Esport, por la que se convocan los XXX Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana para niños y jóvenes en edad escolar y se aprueban las bases por las que se regirán.

De acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, en su artículo 49.28, el deporte es competencia exclusiva de la Generalitat.

La Ley 2/2011, de 22 de marzo, de la Generalitat, del Deporte y la Actividad Física de la Comunitat Valenciana, recoge en el apartado 6 de su artículo 2 como principio rector de la administración pública, «el reconocimiento de la práctica deportiva como factor esencial para el cuidado de la salud, para el aumento de la calidad de vida y del bienestar social, para el desarrollo integral de la persona y para el rendimiento de beneficios de salud a todas la edades mediante las actividades físicas oportunas» (artículo 2.6), y en su apartado 7, el del «reconocimiento del deporte y la actividad física como valor educativo que contribuye a la formación integral de niños y jóvenes» (artículo 2.7).

Además, entre las líneas generales de actuación de la Generalitat que se establecen en el artículo 3 de la citada Ley 2/2011 está la de «Implantar y desarrollar programas deportivos en la edad escolar, con especial atención al desarrollo de actividades extraescolares de carácter recreativo o competitivo en los centros docentes, como garantía y medio de la formación integral de los jóvenes».

Asimismo hace una mención expresa en su artículo 31 a los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana como un «conjunto de competiciones y actividades de carácter deportivo, de convocatoria anual, dirigidas a la población en edad escolar, en atención a su diversidad y abierta a la participación de todo tipo de entidades y centros docentes».

Los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana proponen una adaptación del fenómeno competitivo sirviendo como complemento a la propia actividad deportiva que desarrollan los jóvenes en edad escolar a través de las diferentes entidades, y contemplando los valores formativos y constructores de la personalidad que deben considerarse en estas edades.

También deben comprender encuentros deportivos que faciliten la práctica deportiva de personas con discapacidad, adaptando la actividad cuando sea conveniente.

En la organización de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana colaborarán los ayuntamientos y federaciones deportivas dentro de sus respectivos ámbitos de actuación y competencias.

Con la intención de cumplir con las líneas mencionadas, la Generalitat organiza anualmente los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana como campaña de promoción de las actividades deportivas en edad escolar.

Por ello, en uso de las competencias asignadas en la Ley 3/2006, de 12 de mayo, de la Generalitat, de Creación del Consell Valencià de l’Esport, y en el Decreto 170/2006, de 17 de noviembre, del Consell, por el que se aprueban sus estatutos, resuelvo:

Único

Convocar los XXX Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana y aprobar las bases que los regirán, incluido el modelo de la hoja de inscripción, que figura en el anexo de la presente resolución.

DISPOSICIÓN FINAL

Única

La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

De conformidad con lo establecido en los artículos 107, 116, y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10, 14 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición o bien cabrá plantear directamente un recurso contencioso-administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

  1. El recurso potestativo de reposición deberá interponerse ante el secretario autonómico de Cultura y Deporte-vicepresidente del Consell Valencià de l’Esport, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

  2. El recurso contencioso-administrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Valencia, 12 de julio de 2011.–

El secretario autonómico de Cultura y Deporte y vicepresidente del Consell Valencià de l’Esport: Rafael Ripoll Navarro.